El mínimo personal y familiar es la cuantía de tus rentas que NO tributa IRPF, en reconocimiento de que parte del salario va a cubrir necesidades básicas vitales y del entorno familiar.
Mínimo personal estatal 2026:
- General: 5.550 €/año
- Mayor de 65 años: +1.150 €
- Mayor de 75 años: +1.400 € (acumulativo con el de 65)
Mínimo por descendientes (hijos a cargo):
| Hijo | Cuantía/año |
|---|---|
| 1º | 2.400 € |
| 2º | 2.700 € |
| 3º | 4.000 € |
| 4º y siguientes | 4.500 € |
Suplemento hijo menor de 3 años: +2.800 €/año adicional al mínimo del descendiente.
Mínimo por ascendientes (padres conviviendo con renta < 8.000 €):
- Mayor de 65: 1.150 €/año
- Mayor de 75: +1.400 €/año adicional
Mínimo por discapacidad (del trabajador o familiares):
- 33% - 65%: +3.000 €/año
- > 65%: +9.000 €/año
- Necesidad de tercera persona: +3.000 €/año adicional
Cómo se aplica: NO se resta del bruto. Se aplica como un tramo a tipo cero: el mínimo × tipo del primer tramo se descuenta de la cuota íntegra.
Ejemplo: María soltera sin hijos. Mínimo 5.550 €. En el régimen común estatal + Madrid:
- Cuota a descontar = 5.550 × 9,5% (estatal) + 5.550 × 8,5% (Madrid) = 527 + 472 = 999 €/año.
Esto reduce su cuota líquida en ~999 € respecto a no tener mínimo personal.
Algunas CCAA suben el mínimo personal autonómico (Madrid lo bonifica ligeramente). Forales tienen sus propios mínimos, generalmente más generosos.