Casita Nómina

Bajas y permisos

ITIncapacidad temporal (baja médica)

Baja por enfermedad o accidente. Prestación SS: 60% base reguladora días 4-20, 75% desde día 21. Empresa puede mejorarlo voluntariamente.

La incapacidad temporal (IT), conocida como "baja médica", cubre los periodos en que el trabajador no puede desempeñar su trabajo por enfermedad común, accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo.

Duración máxima: 365 días (12 meses), prorrogable 180 días más por el INSS si hay perspectiva de mejora.

Prestación según causa:

CausaDías 1-3Días 4-20Día 21+
Enfermedad común0%60% BR75% BR
Accidente no laboral0%60% BR75% BR
Enfermedad profesional75% BR desde el día siguiente75% BR75% BR
Accidente de trabajo75% BR desde el día siguiente75% BR75% BR

Base reguladora (BR): básicamente tu base de cotización por contingencias comunes (BCCC) del mes anterior. Para IT por causa profesional, la BR incluye horas extras.

Mejora voluntaria de la empresa: muchos convenios obligan o muchas empresas mejoran voluntariamente la prestación hasta el 100% del sueldo durante toda la IT. Es lo más común en banca, multinacionales y sector público.

Tramos del pago:

  • Días 1-15: paga la empresa (acto de pago delegado).
  • Día 16+: paga la Seguridad Social directamente.

Tributación: la prestación de IT por contingencias comunes tributa IRPF y NO cotiza SS (durante baja). Si hay complemento empresa, ese sí cotiza.

Importante: el parte de baja debe extenderse por el médico de cabecera (Salud Pública) al inicio, ratificado a los 7 días, y reevaluado mensualmente. Si no acudes a las revisiones, te suspenden la prestación.

Referencias legales

  • · Arts. 169-176 LGSS

Términos relacionados